ley de función publica y cuerpo de agentes medioambientales
Como supondréis en estas fechas aún a remolque se están hablando y negociando la adaptación del estatuo básico de la F. Pública y que en su adaptación la CV se traspone en esta Ley.
En esta Ley se viene a trasladar y unificar los llamados cuerpos y escalas que tiene desde siempre la Administración Central, y aunque se llamen cuerpos no tiene nada que ver con lo que nosotros entendemos como Ley de cuerpo, como tienen en otras comunidades (importante para no liarse aún más).
Otro tema importante no perder de vista esta ley no supone incremento alguno económico no van por ahí los tiros, pero si que es necesaria y conveniente que salga bien.
No obstante es un trámite de cara al futuro, a la correcta clasificación en esta nueva LEY ya que una vez hecha si se dan errores por puro sentido de la vergüenza no querrán cambiarla para corregirla.
De momento en el borrador que viene a trasladar las denominaciones de funciones de la A. Central hay ciertas incongruencias en la denominación y supuestas funciones en algunos colectivos y en concreto en el nuestro vuelven a liarla usando o nombrando el término agente forestal, cosa que no la entiendo muy bien.
Las ideas que no comento pero que se están barajando en CCOO. son bastante más interesantes, y a las que los afiliados pueden participar.
Cuando esté más maduro ya os comento cosas.
Supongo que el resto de sindicatos estarán a la par, ya intentaré enterarme, sería muy importante es que coincidiéramos de cara a mantener una postura uniforme y firme.
Por esto una vez más es necesario estar en un sindicato y si además es serio, numeroso y que da seguridad en su día a día mejor.

